Su voto es su voz

​Informació​n sobre Iniciati​va, Reférendum y Destitución ​

​​Lo siguiente también puede leerse en inglés. The following is also provided in English.


La iniciativa, referéndum y destitución son tres derechos reservados a ejercerse por los votantes mediante el proceso de petición, para proponer o rechazar medidas legislativas o destituir de sus cargos a funcionarios electos. 

Conforme a la ley estatal (A.R.S. capítulo 16 y 19), antes de iniciar alguna actividad política relacionada con una iniciativa, referéndum o destitución, se deberá presentar una declaración de organización a la Secretaría Municipal para inscribir el comité político. Quienes propongan una iniciativa, referéndum o destitución deberán solicitar un número de serie oficial de petición de la Secretaría Municipal. Un mínimo número ​de firmas requeridas de votantes calificados deben juntarse y entregarse a la Secretaría ​Municipal en el tiempo y en la forma prescrita por ley.  

La Secretaría Municipal ofrece un paquete informativo que contiene los formularios necesarios e información adicional sobre estos tres importantes procesos. Favor de llamar a la División Electoral de la Secretaría Municipal, al 602-262-6837 o use el Sistema de Relé 7-1-1, para mayor información o si necesita reunirse con nosotros para revisar el paquete de información.​

​Iniciativa

La iniciativa es un derecho reservado a los votantes que permite proponer medidas legislativas por petición para la promulgación, enmienda o rechazo de alguna provisión de la Constitución Municipal o el Código Municipal. Si se obtiene el número necesario de firmas para una petición, el Concejo Municipal deberá ya sea adoptar la medida legislativa o referirla a los votantes en una elección especial (o en las siguientes elecciones generales, si suceden dentro de los seis meses siguientes). Si los votantes la aprueban, la medida pasa a ser ley. El plazo para presentar peticiones de iniciativas de la Municipalidad de Phoenix ante el Secretario Municipal es de 2 años de obtenerse el número de serie de la petición.

Referéndum

El referéndum es un derecho reservado a ejercerse por los votantes que les permite exigir, por medio de una petición, que el Concejo Municipal considere de nuevo o rechace alguna medida legislativa antes de que la misma entre en vigor, con excepción de medidas de emergencias. Si se presenta una petición con el número necesario de firmas válidas dentro de los 30 días de la acción del Concejo, se suspende la aplicación de la ordenanza o medida. El Concejo Municipal tiene la obligación entonces de reconsiderar la medida y ya sea rechazarla, o presentarla a elección de los votantes para su aprobación o rechazo. La medida se presenta a los votantes en las elecciones generales siguientes, a menos que el Concejo decida convocar una elección especial para el referéndum. La medida no se hace ley a menos que sea aprobada por los votantes.

Destitución

La destitución es un derecho reservado a ejercerse por los votantes, que les permite exigir, por medio de una petición, el despido del cargo de un funcionario electo. Si se presenta la petición de destitución con el número necesario de firmas válidas, el funcionario puede renunciar de su cargo o postularse a su retención por medio de una elección especial en contra de los candidatos cuyos nombres cualifiquen para aparecer en la boleta de destitución.

Funcionarios públicos que no hayan desempeñado su cargo durante por lo menos seis meses de su toma de posesión, no estarán sujetos a destitución. No puede iniciarse el proceso de una segunda o subsiguiente destitución durante el transcurso del desempeño del cargo de un funcionario público que ha sido el vencedor de una elección de destitución, a menos que quienes proponen la nueva destitución sufraguen los costos de la elección de destitución anterior.​​

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Teléfono: 602-262-6837

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